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Como pedir la baja por cirugia estetica

Índice
  1. Carta de solicitud de baja laboral por intervención quirúrgica
    1. ¿Debo informar a mi empleador del tipo de intervención quirúrgica a la que me someto?
    2. Qué decir al trabajo cuando se va a hacer una operación de cirugía estética
    3. Excedencia por cirugía electiva

Carta de solicitud de baja laboral por intervención quirúrgica

P: Una empleada va a someterse a una operación electiva que no requerirá pasar la noche en el hospital, pero estará de baja dos semanas para recuperarse y posiblemente tenga algunas restricciones después. ¿Estarán cubiertas la operación y la baja por la Ley de Baja Familiar y Médica (FMLA)?

R: En virtud de la FMLA, se puede conceder a un empleado que reúna los requisitos necesarios un permiso por una circunstancia que reúna los requisitos, incluido un estado de salud grave que le impida desempeñar sus funciones laborales. La Ley define un problema de salud grave como una enfermedad, lesión, deterioro o afección física o mental que requiera atención hospitalaria (incluida una noche en el hospital) o tratamiento continuado por parte de un profesional sanitario. La atención hospitalaria puede incluir también cualquier periodo de incapacidad, que se define además como la incapacidad para trabajar o realizar otras actividades cotidianas habituales debido a la enfermedad grave, el tratamiento de la enfermedad o la recuperación del tratamiento.

Aunque en este caso no es necesario pasar la noche en el hospital, dado el tiempo que se necesita para recuperarse de la intervención quirúrgica, puede cumplir los requisitos anteriores si la recuperación implica un periodo de incapacidad o el tratamiento continuado o la supervisión de un profesional sanitario.

¿Debo informar a mi empleador del tipo de intervención quirúrgica a la que me someto?

Los trabajadores pueden necesitar ausentarse del trabajo por diversos motivos; pueden surgir dificultades en el caso de ausentarse para someterse a cirugías estéticas o electivas. ¿Cómo debe gestionarse esa baja? ¿Se trata de una baja por enfermedad, de vacaciones o de otro tipo de permiso, y a qué retribución tiene derecho el trabajador?

En sentido estricto, no existe un derecho legal a la baja por enfermedad por ningún motivo. Sin embargo, en la práctica, este derecho suele estar recogido en el contrato del empleado o en una política de gestión de la asistencia/ausencias, de modo que los empleados tendrán derecho a ausentarse si no se encuentran lo suficientemente bien para trabajar.

Es posible que desee adoptar un enfoque diferente en lo que respecta al tiempo libre para cirugía estética o electiva que para otros tipos de ausencias por enfermedad. Se trata de una cuestión discrecional que dependerá de si la operación es puramente estética o electiva.

Es fundamental saber si la intervención quirúrgica es puramente estética o facultativa. Si la intervención se lleva a cabo por recomendación médica, la baja por enfermedad debe concederse siempre que el trabajador cumpla los requisitos establecidos en su contrato o en la política interna. La cuestión de si la intervención quirúrgica no es necesaria desde el punto de vista médico depende de los hechos y del contexto y puede requerir más investigación. Recuerde que necesitará el consentimiento del trabajador para obtener información de su médico.

Qué decir al trabajo cuando se va a hacer una operación de cirugía estética

Cuando un empleado se lesiona, queda discapacitado o enferma en el trabajo, puede tener derecho a una baja médica o por discapacidad en virtud de dos leyes federales: la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) y la Ley de Baja Familiar y Médica (FMLA). Además, las leyes estatales de compensación a los trabajadores contienen disposiciones sobre permisos que pueden ser de aplicación. Dependiendo de la situación, una o más de estas leyes pueden aplicarse al mismo empleado. Para ayudar a las empresas a entender sus responsabilidades en relación con las bajas por enfermedad y discapacidad, a continuación se ofrece una visión general de cada una de ellas, incluyendo información sobre los puntos en los que las leyes se entrecruzan y solapan.

Las leyes de indemnización por accidente de trabajo se aplican a casi todas las empresas. Se trata de una forma de seguro que proporciona ayuda económica, atención médica y otras prestaciones a los empleados que sufren lesiones o incapacidades en el trabajo. Excepto en el caso de los empleados del gobierno federal y otros grupos de empleados, las leyes de indemnización por accidente laboral se administran a nivel estatal.

La Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA) es una ley federal que protege los derechos de las personas con discapacidades eliminando las barreras a su participación en muchos aspectos del trabajo y la vida en Estados Unidos. En particular, el Título I de la ADA prohíbe a las empresas cubiertas discriminar a las personas con discapacidad en toda la gama de actividades relacionadas con el empleo, desde la contratación a la promoción, pasando por la remuneración y las prestaciones.

Excedencia por cirugía electiva

En los últimos años se ha prestado cada vez más atención a la forma en que los empresarios abordan las solicitudes de excedencia de los empleados. La excedencia siempre ha sido una forma de adaptación en virtud de la ADA, y los empleados pueden solicitarla por muchos motivos, incluida la recuperación de una intervención quirúrgica. Pero, ¿qué ocurre si la operación es puramente estética u optativa? ¿Y si la cirugía estética es para corregir una desfiguración? ¿Y si una operación electiva sale mal y las complicaciones derivadas de la intervención obligan al empleado a solicitar una adaptación? Cada una de estas situaciones puede, y debe, abordarse caso por caso, pero su resolución puede resultar confusa. Los siguientes ejemplos ilustran los distintos tipos de cuestiones relacionadas con las solicitudes de adaptación para la cirugía estética.

La Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE.UU. (EEOC) ha ofrecido orientaciones sobre la concesión de permisos como adaptación en virtud de la ADA. Mientras los empleadores siguen aprendiendo más sobre esta forma de acomodación y cómo puede aplicarse, pueden surgir ciertas situaciones que no se abordan directamente en las orientaciones formales o informales. Veamos un ejemplo relacionado con una solicitud de permiso para someterse a una operación de cirugía estética.

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